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#1239, 16/08/2019

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CHANNEL Modificación en Ley afecta a impo rtadores Ingram Micro, CDC, Grupo Dice, Grupo CVA, CompuSoluciones, entre otros mayoristas, se ocupan de que los certificados NOM tengan impreso el código de clasificación arancelaria, además de que sean trasmitidos y registrados ante la Dirección General de Normas de la Secretaria de Economía. Staff High Tech Editores / @InfoChannel_ La Asociación Nacional de Telecomunicaciones planteó que las restricciones gubernamentales impuestas a las importaciones de tecnología se convirtieron en un cuello de botella y en una situación que mantiene saturadas las aduanas del país. Gabriel Szekely, director general de la Asociación Nacional de Telecomunicaciones, explicó que ahora es obligatorio certificar todo lo que se importa en materia de productos tecnológicos. La nueva versión de la Ley establece que los certificados NOM deben tener impreso el código de clasificación arancelaria (HTS Harmonized Tariff Schedule Code), y ser trasmitidos y registrados ante la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, y que todos los certificados NOM sin códigos ya no podrán ser utilizados para el despacho de aduanas. Las autoridades aduanales no cuentan con el personal suficiente para realizar las certificaciones y agilizar la liberación de los productos tecnológicos importados. Szekely señaló que representantes de empresas internacionales han pedido la intervención de asociaciones y cámaras industriales para que este proceso se ajuste y libere la importación de productos tecnológicos, facilitando su comercialización, incluso se ha hecho del conocimiento del presidente de México la situación que se vive en las aduanas, sin que se observen avances. Reconoció que la aplicación de la norma es necesaria para que los sistemas que se comercializan en el país estén certificados, pero destacó que las autoridades aduanales no cuentan con el personal suficiente para realizar las certificaciones y agilizar la liberación de los productos importados o que llegan a la aduana. Entre las implicaciones inmediatas de esta situación se tienen: • Incremento en los precios de los productos importados. • Menor acceso del país a nuevas tecnologías de cómputo y comunicaciones. IM explica razón de atrasos Ingram Micro comunicó a sus socios de negocio que, debido a la modificación de ley sobre la Norma Oficial Mexicana (NOM), trabaja en la reimpresión de todos sus certificados NOM para integrar el código de clasificación arancelaria correcto y transmitido. Esta situación podría ocasionar una demora en la entrega de ciertos productos. Indicó que este ajuste lo solicitó la Secretaría de Economía a todos los importadores en México, por lo que las agencias que están acreditadas para proporcionar certificados NOM están obligadas a realizar las solicitudes de reimpresión. El mayorista informó que, a pesar de que ya cuenta con la liberación de algunas solicitudes de importación, aún está a la espera de la liberación de otras que siguen en proceso. Pecan de confianza Representantes de otros mayoristas cuestionados al respecto, también reconocieron impactos en sus tiempos de entrega de mercancías, sobre todo ante el hecho de que los ejecutivos de distintas marcas se confiaron y no tramitaron a tiempo los certificados NOM. Algunos de ellos presionan a las marcas para que pongan la NOM a nombre del distribuidor mayorista. Hasta 60% de las importaciones ingresaban al país al amparo de la “Carta de No Comercialización”; no acreditaban el cumplimiento de la NOM de seguridad en las aduanas. ¿Qué cambió? Desde el tres de junio pasado, las Aduanas Mexicanas aplican a los productos que lleguen de importación el Anexo 2.4.1, conocido como “Anexo NOM´s” , que señala que no se podrán importar mercancías sin acreditar el cumplimiento de una serie de normas de seguridad. -Primero se deben identificar las fracciones arancelarias que tienen los productos a certificar; -Solicitar la certificación de las mercancías que entrarán por la aduana -específicando que cumple con la NOM-; -Detallar la información en el Sistema Normas-Aduanas y enviar la información al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para, finalmente; -Lograr la liberación del producto. El proceso puede tardar hasta 20 días: para obtener el certificado de cumplimiento de la NOM se requieren de dos a tres semanas, y el trámite ante el SAT es de hasta cinco días. Para los casos en los que la mercancía importada no sea susceptible de certificarse o verificarse en lo individual, se debe hacer una solicitud a la Dirección General de Normas, cuya respuesta debe darse en un plazo no mayor a diez días. El nuevo esquema no contempla los casos de productos que eran importados para operación o uso en las instalaciones del importador o de personas físicas y/o empresas y que no fueran a expenderse al publico tal y como llegaban del extranjero. En estos casos, antes sólo se requería presentar una “carta de no comercialización”, pero ahora también deben realizar el proceso de certificación. Las modificaciones al Anexo 2.4.1 estaba previsto que entraran en vigor desde el 28 de febrero pasado. Los ajustes se publicaron el 28 de octubre del 2018 en el Diario Oficial de la Federación. En ellos se establecía el cambio en el numeral 10 fracción VIII, planteando que 64 Normas de Seguridad no podrán importarse al amparo de una “Carta de No Comercialización”. 32 INFOCHANNEL.INFO 15.08.2019 15.08.2019 INFOCHANNEL.INFO 33

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